Concesión de ayudas económicas destinadas a personas o unidades familiares o de convivencia para paliar y remediar una situación gravemente deteriorada, de urgente necesidad o con graves problemas específicos que afectan su autonomía personal, social y económica, y que no pueden resolver con recursos o medios económicos propios, como por ejemplo:
Podrán solicitar estas ayudas, las personas físicas que, encontrándose en situación de grave necesidad, reúnan los siguientes requisitos:
Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:
En todo caso, con carácter obligatorio:
1. Solicitud, según modelo normalizado (disponible en el apartado “PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR" de esta página, para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite).
2. Identificación de la identidad:
3. Justificación de propiedades:
4. Justificación de ingresos:
5. Documentación justificativa de situación civil y unidad de convivencia:
6. Documentación justificativa de diversidad funcional/grado de dependencia, en su caso,
7. Justificación situación laboral y económica actual de todos los miembros mayores de 16 años:
Documentación adicional en función del tipo de ayuda solicitada, además de la documentación anteriormente relacionada, tendrán que aportar:
Para deudas de alquiler:
Para gastos por desplazamientos:
Para ayudas de primera necesidad para la vivienda habitual:
OTRA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR EL/LA TRABAJADOR/A SOCIAL que tramita la ayuda y que sea necesaria para una adecuada valoración integral
EN CASO DE ACTUAR POR MEDIO DE REPRESENTANTE, además:
Nota: Los documentos tendrán que presentarse en formato PDF.
La acreditación del requisito de estar empadronado/da en Picanya, será objeto de verificación municipal por el órgano gestor del procedimiento.
Estas ayudas tienen carácter finalista, teniendo que destinarse únicamente al objeto por el cual hayan sido concedidas. Tienen carácter subsidiario y, en su caso, complementario, y son compatibles con todo tipo de recursos y prestaciones sociales de contenido económico previstos en la legislación vigente que pudieran corresponder a la persona beneficiaria o a cualquier de las personas que componen la unidad familiar o de convivencia, siempre que estas no cubran la totalidad de la necesidad para la cual se solicita la ayuda.
Las personas beneficiarias están obligadas a justificar como mínimo la cantidad igual a la totalidad de la ayuda concedida, mediante la presentación de facturas, tickets o justificantes del gasto realizado, en el plazo de un mes a partir de la recepción del importe.