Con motivo de la peatonalización de determinados tramos de calles, se ha establecido un sistema de acceso por medio de pilones, por lo cual, las personas que estén empadronadas en la zona de peatones para acceder a sus viviendas, con vehículo motorizado, tendrán que estar previamente autorizados por este Ayuntamiento y se los concederá un mando de acceso a la zona.
Así mismo, también es aplicable en aquellas zonas que en un futuro se pudieron hacer para uso exclusivo de peatones.
Para PERSONAS TITULARES DE VADOS con acceso a garaje :
Para RESIDENTES que tengan reconocida la condición de persona con discapacidad con movilidad reducida (exclusivamente para dejarlos o recogerlos):
Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:
Personas jurídicas: tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática:
Titulares de vados con acceso a garaje situado dentro de la zona de peatones:
Personas discapacitadas con movilidad reducida y empadronadas en vivienda situada dentro de la zona de peatones:
Pérdida o robo del mando:
Deterioro del mando existente:
Otros supuestos justificados:
En caso de actuar por medio de representante, además:
Gratuito la primera vez que se adjudican.
En caso de solicitud de copia de mando por pérdida, robo o similar, se tendrá que abonar el importe de 48,40 €.
Los mandos de acceso tendrán que ser devueltos en el Ayuntamiento en los casos siguientes:
La revocación de las autorizaciones, con audiencia de la persona interesada, se efectuará de oficio por el órgano municipal competente después de la acreditación de las situaciones recogidas en el párrafo anterior.