Solicitud de baja en el Padrón Municipal de Habitantes de personas extranjeras que quieren establecer su residencia fuera de España, o de sus hijos menores de edad aunque tengan la nacionalidad española.
A todos los efectos, para todas las solicitudes:
En el caso de menores de edad:
En caso de actuar por medio de representante:
En caso de solicitar la baja toda la unidad familiar, tendrá que aportar la documentación de todos los miembros y firmar todas las personas mayores de edad.
Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.