El Ayuntamiento de Picanya, a través del Servicio de Educación, se encarga de coordinar con la Inspección de Educación la escolarización sobrevenida de acuerdo con el artículo 57 de la ORDEN 7/2016, de 19 de abril, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Comunidad Valenciana.
El procedimiento va dirigido al alumnado que residirá en el municipio de Picanya y que, requiere ser escolarizado con posterioridad en el periodo de admisión establecido en la normativa actual de escolarización en los niveles de Educación Infantil y Educación Primaria.
Los/las alumnos/as y al menos una de las personas progenitoras, tutores o representantes legales tienen que estar empadronados/as en el municipio de Picanya.