Este procedimiento tiene por objeto exclusivamente la celebración en Picanya de un matrimonio autorizado por el juzgado. Por tanto, es independiente del expediente matrimonial, que debe tramitarse en sede judicial. Ambos procedimientos pueden tramitarse simultáneamente, a fin de asegurar con antelación la fecha de celebración, ya que el tiempo de resolución del expediente judicial puede ser de varios meses.
El expediente judicial debe iniciarse en el Registro Civil donde esté empadronado al menos uno de los contrayentes. Allí les indicarán qué documentación resulta necesaria para realizar su expediente matrimonial.
A través de este procedimiento previo a la celebración de matrimonio, los contrayentes acreditan, por medio del expediente tramitado, que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en el Código Civil para contraer matrimonio, según la legislación vigente. Más información en el siguiente enlace: http://registrocivil.gva.es/va/matrimonio-civil/.
Hay que comunicar en el juzgado en el que se tramite el expediente, la intención de que el matrimonio se celebre en el Ayuntamiento de Picanya. En el caso de iniciarse el expediente en otro Juzgado ha de darse traslado al Juzgado de Paz de Picanya, para que prepare la documentación para el Ayuntamiento y se autorice la celebración por el/la alcalde/sa o concejal/a delegado/a.
Las personas que desean contraer matrimonio civil ante la autoridad municipal, estén o no empadronadas en el municipio de Picanya.
Una vez iniciado el expediente matrimonial en el Registro Civil correspondiente, con una antelación mínima de 3 meses y máxima de 1 año respecto a la fecha de boda.
(1) Aquellas bodas que se celebren entre el 1 de agosto y el 15 de septiembre tendrán que facilitar esta información antes del día 20 de julio.
La generación de la autoliquidación en línea se realizará en el siguiente enlace: [Generar autoliquidación]
En ese mismo enlace se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria.
En caso de querer realizar el pago en efectivo:
En el caso que, por motivos imputables a las personas interesadas, se anule la reserva confirmada por el Ayuntamiento de Picanya para una ceremonia de matrimonio civil, deberá ser comunicado por escrito a través del siguiente enlace AC.058 INSTANCIA GENERAL de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Picanya.