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SS.036 Teleassistencia Domiciliaria

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SS.036 Teleassistencia Domiciliaria

OBJETO

Servicio de atención domiciliaria que funciona a través de la línea telefónica, con un equipo de comunicación e informático específico situado en un Centro de Atención y en el domicilio de las personas, permitiendo a estas mediante la utilización de un pulsador portátil, entrar en contacto verbal “manso libres”, las 24 horas del día y los 365 días del año, con un centro atendido por personal especializado para dar respuesta adecuada a la crisis planteada, bien por sí mismo o movilizando otros recursos humanos y materiales, propios de la persona o existentes en la comunidad. 

Personas beneficiarias

Personas mayores de 65 años o de 60 años con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, en situación de riesgo psicosocial o físico, que vivan suelas, convivan con personas de parecida edad y características o permanezcan solas durante gran parte del día a pesar de que convivan con otras

Requisitos

  • Tener más de 65 años o de 60 años si la persona tiene una discapacidad igual o superior al 65% reconocida.
  • Empadronamiento en el municipio de Picanya.
  • No necesitar o disponer de atención presencial continuada otras personas.
  • Tener cubiertas las necesidades básicas de alimentación, higiene personal y vivienda.
  • Disponer de línea telefónica y tiene que constituir su  domicilio habitual.
  • Poseer capacidad cognitiva y funcional que los permita utilizar el dispositivo.
  • Disponer de ingreso inferiores a 1,5 veces el valor de IPREM anual

Documentación 

Alta en el servicio de teleasistencia

De forma obligatoria:

  1. Anexo I.- Instancia solicitud Teleasistencia (1) 
  2. Anexo II.- Consentimiento informado para el tratamiento, acceso y comunicación de datos de carácter personal (1) 
  3. Anexo III.- Información de personas de contacto (hasta  tres personas). Número de teléfono, dirección, nombre y apellidos (1) 
  4. Anexo IV.- Autorización a la empresa por la prestación del servicio de teleasistencia (1) 
  5. Anexo V.- Autorización para la emisión del certificado colectivo de empadronamiento por parte de todas las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio acompañado del documento identificativo (DNI/NIE/Pasaporte) de cada uno de ellos. (1) 
  6. NIF / DNI de la persona solicitante y de todas las personas de la unidad de convivencia.
  7. SIP de la persona solicitante y de todas las personas de la unidad de convivencia.
  8. Informe médico: informe de salud para el  reconocimiento de prestaciones sociales de las personas solicitantes (se solicita en el Centro de Salud de Picanya)
  9. Resolución/certificado de grado de discapacidad (diversidad funcional), si procede

 (1) disponibles en el apartado “PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR" de esta página, para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite

De forma opcional:

  1. Certificado de imputaciones de renta
  2. Declaración de la renta de la persona beneficiaria
  3. Declaración de la renta del titular
  4. Declaración responsable de ingresos
  5. Informe médico de la persona beneficiaria
  6. Justificante de pensiones
  7. Otra documentación

Renuncia en el servicio teleasistencia

    1. Documento renuncia

DeSISTIMIENTO en el servicio teleasistencia

   1. Documento desistimiento

Comunicación de baja en el servicio teleasistencia

   1. Documento baja

En caso de actuar por medio de representante, además :

  1. Autorización y DNI de la persona que autoriza y de la persona autorizada (disponible en el apartado “PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR" de esta página, para descargar, rellenar y adjuntar en este mismo trámite.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:

  • Telemáticamente
    • Pulsando el botón “Nueva instancia” situado al final de esta página, para iniciar el trámite.
  • Presencial
    • En el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Picanya, situado en el Servicio DÍGA'M (Pl. España, 1)      
      Horario: puede consultar el horario del Servicio DÍGA'M aquí y se atenderá con CITA PREVIA
    • En los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

OBSERVACIONES

  1. El trámite requiere una entrevista con el/la trabajador/a Social.
  2. Hay que comunicar cualquier circunstancia familiar personal que afecte este servicio. 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE PICANYA - P4619500D
Pl. Espanya, 1
46210 Picanya (Valencia)
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