La licencia de edificación en Suelo No Urbanizable regula las obras nuevas, reforma o reparación de las mismas que se encuentran ubicadas en Suelo No Urbanizable.
Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:
Personas jurídicas: tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática:
Para el inicio de la tramitación es preceptivo el abono previo de la tasa municipal e ICIO correspondiente, de acuerdo a los siguientes porcentajes y cantidades mínimas:
La generación de la autoliquidación en línea se realizará en el siguiente enlace: [Generar autoliquidación]
En este mismo enlace se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria.
En caso de querer realizar el pago en efectivo:
A todos los efectos, para todas las solicitudes:
En caso de actuar por medio de representante:
En caso de reforma o reparación:
En caso de obra de nueva construcción:
Nota:
Si se trata de reforma, ejecución de pequeña envergadura (vallado de campo…) o reparación (acequias, valla perimetral…), es necesario la presentación de una breve memoria agronómica, que incluya descripción tanto de la obra como el tipo de plantación, tipo de riego y maquinaria a utilizar así como la justificación de realizar esta actuación (podrá ser realizada y firmada por el promotor de las mismas).Si se trata de una obra de nueva construcción, es necesario la presentación de una memoria agronómica y proyecto técnico firmado por personal técnico competente y con el correspondiente visado colegial