Una declaración responsable es un documento que habilita a quién lo presenta, dentro del plazo y en la forma correspondiente, para realizar un cierto tipo de obras en construcciones, instalaciones y edificaciones existentes, construidas legalmente o debidamente legalizadas.
Por medio de la presentación de una declaración responsable se podrán realizar las obras siguientes:
a) De pequeña reparación que únicamente suponen cambio de elementos accesorios.
b) De reparación, mejora, modernización y consolidación, sin que suponga cambio de uso, aumento de volumen, altura y/ o superficie.
c) Instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares y la colocación de antenas o dispositivos de comunicación de cualquier clase y la reparación de conducciones en el subsuelo, solo en suelo urbano y siempre que no afecte al dominio público.
d) Las obras de mera reforma que no supongo alteración estructural del edificio, ni afectan elementos catalogados o en trámite de catalogación, así como las de mantenimiento de la edificación que no requieran colocación de andamios en vía pública.
Personas físicas: pueden elegir entre presentación telemática o presencial:
Personas jurídicas: tendrán que presentar los documentos ÚNICAMENTE de manera telemática:
Para el inicio de la tramitación es preceptivo el abono previo de la tasa municipal e ICIO correspondiente, de acuerdo a los siguientes porcentajes y cantidades mínimas:
La generación de la autoliquidación en línea se realizará en el siguiente enlace: [Generar autoliquidación]
En ese mismo enlace se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria.
En caso de querer realizar el pago en efectivo:
Con carácter general, para todas las solicitudes:
En caso de actuar por medio de representante:
En supuestos específicos:
Si se realiza superposición de pavimento:
Obras que impliquen una modificación de huecos en la fachada:
Redistribución interior de inmuebles y locales con actividad o sin actividad:
Instalación de placas solares:
Nota:
La presentación de la Declaración Responsable de Obra habilita para el inicio inmediato de las obras, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación o inspección de los requisitos habilitantes para el ejercicio del derecho y de la adecuación de lo ejecutado al contenido de la declaración.
Cuando el contenido de la declaración responsable y las obras ejecutadas por el particular que la presento sean acordes al ordenamiento jurídico, este Ayuntamiento no emitirá ninguna resolución. En otro caso, se emitirá la Resolución oportuna.
Si hay actividad, la declaración responsable de obra se tramitará conjuntamente con la de actividad.